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martes, 17 de enero de 2012

INDULGENCIAS

A. LAS INDULGENCIAS EN GENERAL
1. ¿Dónde situamos las indulgencias?
Las indulgencias están relacionadas con la confesión, los pecados, la redención y la comunión de los santos. 

2. ¿En qué estado queda un hombre al pecar?
Una persona que comete un pecado adquiere obviamente la condición de pecador, se aleja del Señor y queda más inclinado al mal. Además, la justicia reclama una reparación, llamada también pena, expiación o penitencia. 

3. ¿Cómo cambia la situación al confesarse?
La confesión borra la culpa del pecado, -la condición actual de pecador-, y también perdona parte de la penitencia que debía realizarse, aunque queda en el alma una señal o cualidad de que ha sido pecador y debe repararlo. Esto que falta por expiar se purifica mediante los sufrimientos y buenas obras de esta vida, con las penas del purgatorio, y mediante las indulgencias. 

4. ¿Qué son las indulgencias?
Digamos dos definiciones:
  • Brevemente: indulgencia es la supresión de la pena debida por los pecados que la Iglesia otorga a quien realice determinadas acciones.
  • La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos. (cfr. Mt 16, 19).
5. ¿Las indulgencias pueden aplicarse a los difuntos?
Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra. Algunas indulgencias sólo pueden aplicarse a los difuntos; por ejemplo, rezando por ellos en un cementerio se consigue una indulgencia parcial, que será plenaria si se hace los días 1 al 8 de noviembre (una cada día).
 
6. Tipos de indulgencias.
Las indulgencias se agrupan en dos clases:
  • Indulgencias plenarias: borran todo resto de pecado dejando el alma dispuesta para entrar inmediatamente en el cielo.
  • Indulgencias parciales: borran parte de la pena que los pecados cometidos reclaman.


B. INDULGENCIAS PLENARIAS
1. Condiciones para conseguir una indulgencia plenaria.
Esta indulgencia tiene un valor muy grande y requiere varias condiciones:
Los mismos requisitos que en las indulgencias parciales:
  • realizar la acción que la Iglesia premia con esta indulgencia.
  • estar en gracia de Dios antes de acabar la obra premiada (Confesarse, Comulgar).
  • rezar por las intenciones del Papa.
  • tener intención al menos general de ganar la indulgencia.
Sólo se puede ganar una indulgencia plenaria cada día.
Tener la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial.
Confesarse, al menos veinte días antes o después de realizar la acción premiada (sin olvidar que hay que estar en gracia de Dios antes de acabar la acción). Una misma confesión puede servir para ganar varias indulgencias plenarias.
Comulgar, en ese mismo periodo de tiempo. Se necesita una comunión para cada indulgencia plenaria.
Rezar por las intenciones del Papa un Padrenuestro y un Avemaría, u otras oraciones. Debe hacerse también en esos días. Se necesita una oración para cada indulgencia plenaria.

2. ¿Qué acciones están premiadas con indulgencia plenaria?
Cualquier día se puede obtener una indulgencia plenaria en estos casos:
  • Adoración a la Eucaristía durante media hora.
  • Realización del Via Crucis recorriendo las catorce estaciones erigidas meditando la Pasión del Señor.
  • Rezo del santo rosario (5 misterios seguidos) en una iglesia, o en familia, o acompañado de otros.
  • Lectura o audición de la Sagrada escritura durante media hora.
3. Indulgencias plenarias en circunstancias especiales.
En determinadas ocasiones pueden ganarse indulgencias plenarias. Por ejemplo:
  • En el momento de la muerte a quien hubiere rezado algo durante su vida (es muy consolador). En este caso no se precisa la confesión, ni la comunión, ni la oración por el Papa; pero es necesario estar bien dispuesto: en gracia de Dios, rechazando cualquier pecado, y habiendo deseado alguna vez ganar esta indulgencia.
  • Rezar un padrenuestro y un credo en un santuario o basílica (se concede una vez al año por santuario; santuario es una iglesia con muchos peregrinos, aprobada como santuario por el Obispo correspondiente).
  • Recibir la bendición papal Urbi et Orbi (o escucharla por radio o televisión, en directo).
  • Realizar ejercicios espirituales de al menos tres días completos.
  • Asistir a una primera Comunión.
  • En la visita pastoral, pueden beneficiarse de la indulgencia una vez si se asiste a una función sagrada presidida por el visitador.
  • Visitar la iglesia en que se celebra el Sínodo diocesano mientras éste dura, rezando el Padrenuestro y el Credo.
  • Al nuevo sacerdote en su Primera Misa Solemne, y a quienes asistan a ella.
  • Visitar las Basílicas Patriarcales o Mayores de Roma el día de la fiesta titular, en cualquier día de precepto o en día cualquiera del año elegido por el mismo fiel: ha de rezarse el Padrenuestro y el Credo.
  • participando en la clausura de una Santa Misión.
  • Al sacerdote que celebra los 25, 50, 60 ańos como aniversario de su ordenación, es extensiva a quienes le acompańen en la Santa Misa.
  • Asistir al rito con que se clausura un Congreso Eucarístico.
4. Indulgencias plenarias en fechas especiales.
Hay varios días al año donde se pueden conseguir indulgencias plenarias, con algunas condiciones. Por ejemplo:
  • 31 de diciembre: recitando solemnemente un "Te Deum" en una iglesia, dando gracias a Dios por los beneficios recibidos el último año.
  • 1 de enero: recitando solemnemente el "Veni Creator" en una iglesia.
  • Los viernes de Cuaresma: después de comulgar, rezando ante un crucifijo la oración "Miradme o mi amado y buen Jesús".
  • En los oficios de Semana Santa:
a) jueves santo: recitando el "Tantum ergo" durante la exposición que sigue a la Misa.
b) viernes santo: asistiendo a los oficios.
c) sábado santo: renovando las promesas bautismales en la Vigilia Pascual.
  • Pentecostés: recitando solemnemente el "Veni Creator" en una iglesia.
  • Corpus Christi: participando en la procesión eucarística (dentro o fuera de la iglesia).
  • 2 Agosto: rezando un padrenuestro y un credo en la catedral o parroquia (indulgencia de la Porciúncula).
  • Visitar la iglesia parroquial en la fiesta titular (La Palma del Condado - Martirio de San Juan Bautista: 29 de agosto). 
  • Usar el día de los Santos Pedro y Pablo (29 de junio) algún objeto piadoso bendecido por el Papa o un obispo, rezando un Credo.
  • 'Jesús dulcísimo...' (Acto de reparación): rezado públicamente el día del Sagrado Corazón.
5. Indulgencias plenarias particulares.
Muchas instituciones gozan de indulgencias en determinados días del año, coincidiendo normalmente con fechas o santos propios. Hay un caso especialmente interesante, pues quienes llevan el escapulario del Carmen se unen a la familia carmelita y pueden ganar indulgencia plenaria el día en que le imponen el escapulario y los siguientes días:
  • 16 de mayo (San Simón Stock).
  • 16 de julio (Virgen del Carmen).
  • 20 de julio (San Elías Profeta).
  • 1 de octubre (Santa Teresa de Lisieux).
  • 15 de octubre (Santa Teresa de Jesús).
  • 14 de noviembre (Todos los Santos Carmelitas).
  • 14 de diciembre (San Juan de la Cruz).

C. INDULGENCIAS PARCIALES
 1. Condiciones para conseguir una indulgencia parcial.
Cada día pueden ganarse muchas indulgencias parciales, con cumplir sólo tres condiciones: estar en gracia de Dios, realizar las obras que la Iglesia premia con esa indulgencia, y tener intención al menos general de ganar la indulgencia.
 
2. ¿Qué premios aportan las indulgencias parciales?
Las indulgencias parciales proporcionan una remisión de la pena del mismo valor que el otorgado por esa misma acción. Dicho de otro modo: en las indulgencias parciales, la Iglesia duplica el mérito de esas acciones.
 
3. Oraciones premiadas con indulgencia parcial.   
Digamos unas cuantas (todas ellas deben rezarse piadosamente, como es lógico):
  • El Angelus, Regina Coeli durante el tiempo pascual, el Magnificat, la Salve, el Acordaos, las Letanías u otras oraciones marianas aprobadas; Lo mismo a san José o al propio ángel custodio; También con el Credo; rezar con devoción filial por el Papa una oración aprobada; rezar agradecido la oración por los benefactores; rezar antes y después de comer una oración aprobada de súplica y de acción de gracias; Lo mismo al empezar y acabar el día o el trabajo; visitar al Santísimo adorándolo; rezar una comunión espiritual; recitar una de las oraciones aprobadas de acción de gracias tras la Comunión (ej.: Alma de Cristo; Miradme o mi amado y buen Jesús).
  • hacer examen de conciencia con propósito de enmendarse; rezar el Yo Confieso u otro acto de contrición aprobado.
  • hacer la señal de la cruz diciendo En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
4. Otros ejemplos de indulgencias parciales.
Si falta algún requisito a una indulgencia plenaria, suele alcanzarse una indulgencia parcial. Además de esto, hay muchas acciones premiadas por la iglesia con indulgencia parcial. Digamos unas cuantas:
  • decir mentalmente una oración breve al trabajar o al soportar los sufrimientos de la vida.
  • dedicarse uno mismo o gastar bienes en servicio a los demás, por amor a Dios.
  • privarse libremente de algo grato y correcto, con espíritu de penitencia.
  • dar testimonio de la propia fe; trabajar en la enseñanza o trasmisión de la doctrina cristiana.
  • usar piadosamente un objeto de piedad bendecido (crucifijo, rosario, escapulario o medalla).
  • dedicar un tiempo a la oración.
  • asistir devotamente a cualquier predicación de la palabra de Dios.
  • asistir piadosamente a una novena pública (ej.: Inmaculada).
  • rezar las oraciones para pedir por las vocaciones.
  • rezar por la unidad de los cristianos.
  • rezar una oración en honor de un santo en el día de su celebración litúrgica.
  • cualquier acto de fe, esperanza o caridad.
  • visitar las catacumbas.
  • visitar una iglesia u oratorio en los días en que se realiza la visita pastoral
5.¿Es raro que no se haya mencionado la misa?
Según la tradición, no se incluye la participación en la misa ni los sacramentos entre las indulgencias pues ya tienen en sí mismos una gran eficacia santificadora y de purificación.

6. ¿Dónde encontrar todas las indulgencias?
Las normas completas sobre de las indulgencias están en estos documentos: 
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